Ley de Informática Educativa en Panamá.
La Asamblea
Legislativa aprobó la Ley Nº2 del 28 de enero de 1992, mediante la cual, se
establece la enseñanza de la informática en la educación formal y no formal en
todos los centros educativos del país.
Artículos fundamentales de esta ley
Artículo 1:
Establézcase la enseñanza de la informática en la educación formal y no formal
del país, en la educación primaria y media.
Artículo 2. La enseñanza de los contenidos
básicos de la informática formará parte integrada de los planes y programas de
estudios aprobados por el Ministerio de Educación.
Artículo 3: La enseñanza de la informática en
los centros educativos debe establecerse en forma progresiva, procurando que el
beneficio alcance tanto a los planteles del área urbana como rural
Fue creada
mediante Resuelto Nº.1219 del 18 de mayo de 1992, con los objetivos de ejecutar
y supervisar las políticas, que sobre Informática Educativa correspondan al
Ministerio de Educación y colaborar con otras instituciones y organismos que
promuevan la Informática Educativa.
Nos beneficia y permite
a los estudiantes pertenecer a un mundo global, que crece, evoluciona, cada día
más rápido. Es por ello que el estudiante debe familiarizarse desde su niñez en
el mundo de la informática
Propuesta Pedagógica
a.
La
Propuesta Pedagógica para el Uso y Aplicación de la Informática en los Centros
Educativos
b.
Para
la introducción de la informática educativa en Panamá